jueves, 23 de octubre de 2014
MANUALES DE SEGURIDAD EN MEXICO
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- En diferentes acciones fueron robadas 39 armas de las policías municipales de Tlalnepantla y de Huixquilucan, en el Estado de México
CIUDAD DE MÉXICO, México, oct. 7, 2014.- En acciones diferentes, fueron robadas 39 armas de cargo de las policías municipales de Tlalnepantla y de Huixquilucan, en el Estado de México.
De acuerdo con las denuncias los hechos ocurrieron entre el domingo y madrugada del lunes.
En Huixquilucan, al menos seis hombres armados irrumpieron en la base de moto patrullas, ubicada sobre la carretera Huixquilucan-Zacamulpa, en el barrio San Juan Bautista, en la zona alta del municipio.
Tras amagar a tres policías que resguardaban las oficinas los asaltantes se apoderaron de 20 revólveres calibre 38 y 3 escuadras 9 milímetros.
En Tlalnepantla, presuntamente durante la madrugada del lunes, hombres armados entraron a las oficinas del grupo de proximidad de la policía municipal y se apoderaron de 16 pistolas.
El asalto ocurrió frente a la comandancia de la Dirección de Seguridad Ciudadana, a un costado del palacio municipal.
"Por la noche del día domingo dejó 16 armas resguardadas en su oficina, que a las 7:00 de la mañana, cuando llega a su turno, se percata que no estaban. Fueron 16 armas cortas, 9 milímetros", señaló Óscar Ignacio Trejo González, Comisario de Seguridad Ciudadana de Tlalnepantla.
La Procuraduría de Justicia del Estado de México, realiza las indagatorias sobre ambos caso.
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Desmantelan red que traficaba armas desde EUA a México
Desmantelan red que traficaba armas desde EUA a México
Autoridades mexicanas localizaron y desmantelaron una red dedicada al tráfico de armas de alto poder desde Estados Unidos en el estado fronterizo de Sonora, en el noroeste del país.
Agentes federales allanaron, previa autorización de un juez, varios inmuebles del municipio de Nogales y detuvieron a tres integrantes de una organización que se encargaba de adquirir y dirigir el traslado de las armas hacia territorio mexicano, en donde eran vendidas a integrantes del crimen organizado, informó el domingo la Procuraduría General de la República.
Durante la operación se logró el aseguramiento de nueve armas largas, cuatro armas cortas, diversos cartuchos, un vehículo, dos inmuebles y diversas cuentas bancarias, añadió el texto.
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PREVENIR EL USO INADECUADO DE ARMAS POR LA POLICIA Y CIVILES
Es necesario prevenir el uso inadecuado de las armas por la policía y civiles.
Madrid.- En muchos países, la policía y los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley ejercen indebidamente su derecho al uso de la fuerza, lo que tiene consecuencias mortales. La mayoría de las fuerzas policiales están armadas pero no han sido entrenadas adecuadamente para valorar cómo y cuándo deben utilizar sus armas; sin embargo, con voluntad política este hecho puede ser corregido y pueden salvarse muchas vidas.
Estas son las principales conclusiones del informe Armas y mantenimiento del orden: Normas de derechos humanos para los agentes de policía, que se centra en cómo los gobiernos deberían actuar para controlar el uso de las armas por la policía y los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. El informe ha sido elaborado por Amnistia Internacional dentro de la campaña “Armas bajo Control ” y es el primero de una serie de informes temáticos que serán elaborados por Amnistia Internacional, Intermón Oxfam e IANSA durante la campaña. “ Armas bajo Control ” es una campaña global que pretende contener el comercio de armas para que la población esté a salvo de la violencia armada.
El informe de Amnistía Internacional es una llamada a la rendición de cuentas en el uso de armas de fuego por policías y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. El papel de la policía en sus comunidades es servir al bien público y la utilización de sus armas debe ser acorde con este papel. Las normas internacionales son claras: las armas de fuego deben ser la excepción en el mantenimiento del orden y no la regla. Sólo deben ser utilizadas cuando resulte estrictamente necesario para proteger la vida. La facultad de llevar armas de fuego conlleva una enorme responsabilidad en asegurar que sean utilizadas de manera legítima. “Este informe debería ser leído por la policía en cada país” ha dicho Bárbara Frey, Relatora Especial de Naciones Unidas sobre armas ligeras y Derechos Humanos.
Normas para regular el uso de armas
“Existen normas internacionales que regulan el uso legítimo de armas y otros métodos empleados por la policía y los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, pero en muchos países estas normas no se están respetando” –ha declarado Amnistía Internacional. Entre ellas, se encuentran el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley y los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, ambos de Naciones Unidas.
“A la policía se le debe autorizar en algunos casos el uso de la fuerza, incluida la fuerza letal, para permitir que cumpla con su deber de proteger a las personas y también para protegerse a sí misma y a los demás de ataques que pongan en riesgo su vida. Sin embargo, la fuerza no puede ser arbitraria, sino que debe emplearse de forma proporcionada, lícita y cuando sea necesaria. Y, lo que es más importante, sólo debe utilizarse en defensa propia o frente a un peligro inminente de muerte o lesiones graves”- declara un policía experto en armas de fuego que ha asesorado en esta campaña.
Para que la policía pueda cumplir con este principio fundamental es imprescindible que reciba una capacitación exhaustiva en materia de evaluación táctica del peligro, de modo que pueda determinar en cada situación si el uso de la fuerza, incluida la fuerza letal, es proporcionado, necesario y lícito.
“Muchas policías en el mundo son entrenadas para saber como disparar un arma de fuego, pero no para decidir si el arma debería ser disparada o cuándo. Y muy pocos gobiernos han incorporado las normas de Naciones Unidas en su legislación nacional, o muestran respeto por ellas en la práctica” – ha declarado Amnistía Internacional.
Formación en derechos humanos
En muchos casos, esto es debido a que los recursos disponibles para formación son insuficientes. Sin embargo, el uso indebido e impune de las armas por parte de los cuerpos de seguridad es muy peligroso. Cuando la sociedad no puede confiar en que la policía ejerza responsablemente su derecho al uso de la fuerza, es probable que quiera conservar las armas y que incluso las utilice, perpetuando así la espiral de proliferación de armas y violencia.
Abundan los ejemplos de falta de observación por la policía de las normas del uso de armas:
- En Timor Oriental las Naciones Unidas crearon y entrenaron un nuevo servicio de policía, pero la formación inicialmente se limitó a tres meses. Mientras que los oficiales eran formados en habilidades técnicas que les permitieran apuntar y disparar un arma, recibieron poca o ninguna formación para evaluar las amenazas o utilizar las armas de acuerdo con las normas de Naciones Unidas. Más aun, no hay una supervisión efectiva y mecanismos de rendición de cuentas para la policía.
- El Código de Conducta de Naciones Unidas establece que, entre otras cosas, las policías y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley “deben ser representativas de la comunidad, y rendir cuentas ante ella”. Sin embargo, diversos testimonios de las comunidades más pobres de Río de Janeiro, Brasil , muestran como la práctica policial es discriminatoria contra ellos, frecuentemente con consecuencias mortales.
- Los Principios Básicos de Naciones Unidas establecen que las armas de fuego deberían ser utilizadas por la policía en casos de defensa propia o en situaciones de peligro eminente contra la vida. En Jamaica , que tiene el más alto índice de disparos de la policía per capita en el mundo, las pruebas repetidamente contradicen las afirmaciones policiales de que ellos fueron disparados primero, e indica por el contrario un preocupante patrón de ejecuciones extrajudiciales.
Sin embargo, hay algunos ejemplos alentadores de buenas prácticas que el informe destaca:
- Sudáfrica ha cambiado recientemente una ley de tiempos del apartheid que permitía a la policía disparar a sospechosos de robo, tráfico de drogas, de fugas y otros sin que hubiera una amenaza directa para las vidas de la policía o la población.
- En Camboya , un proyecto financiado por la UE está mejorando la seguridad en el almacenamiento de las armas de la policía.
Llamamiento de las ONG a todos los gobiernos del mundo
Amnistía Internacional, Intermón Oxfam e IANSA hacen un llamamiento a todos los gobiernos del mundo para:
- Apoyar y promover la incorporación tanto en la legislación como en la práctica de las Normas de Naciones Unidas sobre el Uso de la fuerza y de las Armas de Fuego por los Funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, como ha pedido Bárbara Frey, Relatora Especial sobre Armas Ligeras y Derechos Humanos. En el caso de España , dichas normas deberían aplicarse a todos los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado: policía nacional, guardia civil, policías autonómicas y policías locales.
- Promover la adhesión a las Normas de Naciones Unidas sobre el Uso de la Fuerza y de las Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de hacer cumplir la ley , en el Programa de Acción para la Prevención, Combate y Erradicación del Comercio Ilícito de pequeñas armas y armas ligeras en todos sus aspectos, el cual será discutido en el año 2005 y revisado en el 2006.
- Tener en cuenta el respeto de las normas de Naciones Unidas en el momento de autorizar la exportación o la venta de armas a fuerzas o agentes de seguridad. Ningún gobierno debería suministrar armas de fuego, munición u otras armas si hay un riesgo de abuso por parte de los destinatarios finales.
“Los países e instituciones donantes pueden desarrollar un papel clave para asegurar que la policía se adhiere a las normas internacionales para el uso de las armas de fuego, así como garantizar que cualquier proyecto internacional de asistencia a la policía que ellos financian cumple con estos principios” – declara Amnistía Internacional.
En este sentido, es necesario recordar que España tiene diversos proyectos de asistencia y formación de policías en terceros países, como Albania , Bosnia-Herzegovina, Guatemala, Irak, Kosovo, Mozambique, Timor Oriental, etc.
Llamamiento de las ONG al gobierno de España
Amnistía Internacional e Intermón Oxfam hacen también un llamamiento a España para que, junto a las anteriores:
- Promueva la aprobación de normas que regulen el uso de las armas y la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad. independientemente de su carácter civil o militar, y se ajusten a los estándares internacionales y las normas de Naciones Unidas.
- Promueva la formación de las fuerzas de seguridad en el uso de armas, en especial, sobre cuándo deben usarse y en qué grado e intensidad, en base a los principios de proporcionalidad, inevitabilidad, legalidad y último recurso.
Aseguren que en la formación y asistencia a policías de terceros países se tomen medidas para asegurar el cumplimiento de los estándares internacionales y la aplicación de medidas de control de los arsenales para evitar robos o su mala utilización.
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ONU: Ley de uso de armas en Perú se aparta de los estándares de DDHH
ONU: Ley de uso de armas en Perú se aparta de los estándares de DDHH
El representante regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), Amerigo Incalcaterra, expresó su preocupación sobre la nueva ley que regula en Perú el uso de armas por parte de policías y militares, “porque se aparta de los estándares internacionales de derechos humanos”.
Indicó que el Estado peruano tiene la obligación de adecuar su legislación a los estándares internacionales en relación al empleo de la fuerza o de armas de fuego por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
Aseveró que la modificación del inciso 11 del artículo 20 del Código Penal, que establece la Ley 30151, “aparta al Perú de los estándares internacionales de derechos humanos que exigen que todo uso de la fuerza por parte de las fuerzas de orden y seguridad respeten los principios de necesidad y proporcionalidad con el daño que se pretende evitar”.
Según Incalcaterra, la nueva norma establece la inimputabilidad penal del personal de las FFAA y de la Policía que “en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas u otro medio de defensa cause lesiones o muertes”.
Finalmente, sostuvo que es importante contar con una “estricta reglamentación en el uso de armas de fuego para garantizar las actuaciones de las fuerzas del orden, pero principalmente para proteger los derechos de las personas”. ❧
Indicó que el Estado peruano tiene la obligación de adecuar su legislación a los estándares internacionales en relación al empleo de la fuerza o de armas de fuego por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
Aseveró que la modificación del inciso 11 del artículo 20 del Código Penal, que establece la Ley 30151, “aparta al Perú de los estándares internacionales de derechos humanos que exigen que todo uso de la fuerza por parte de las fuerzas de orden y seguridad respeten los principios de necesidad y proporcionalidad con el daño que se pretende evitar”.
Según Incalcaterra, la nueva norma establece la inimputabilidad penal del personal de las FFAA y de la Policía que “en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas u otro medio de defensa cause lesiones o muertes”.
Finalmente, sostuvo que es importante contar con una “estricta reglamentación en el uso de armas de fuego para garantizar las actuaciones de las fuerzas del orden, pero principalmente para proteger los derechos de las personas”. ❧
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SUCAMEC PROPONE LICENCIA UNICA DE ARMAS
SUCAMEC propone una única licencia que autorizará el uso de armas de fuego
- La iniciativa se encuentra en el Anteproyecto de la Ley de Armas, Explosivos, Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de Uso Civil que la SUCAMEC ha desarrollado.
- Un segundo Anteproyecto de Ley modificará la regulación de los Servicios de Seguridad Privada.
- Los anteproyectos están publicados en la página web de la SUCAMEC para recibir aportes de la población.
Armas y Municiones
El Anteproyecto de la Ley de Armas, Explosivos, Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de Uso Civil, publicado en la web de la SUCAMEC para recibir los aportes de la población, busca modificar y actualizar la Ley N° 25054 (Sobre Fabricación, Comercio, Posesión y Uso por los particulares de armas que no son de guerra), el Decreto Ley N° 25707 (que declara en emergencia la utilización de explosivos de uso civil y conexos) y la Ley N° 27718 (que regula la fabricación, importación, transporte, comercialización y uso de productos pirotécnicos).
El Anteproyecto de la Ley de Armas, Explosivos, Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de Uso Civil, publicado en la web de la SUCAMEC para recibir los aportes de la población, busca modificar y actualizar la Ley N° 25054 (Sobre Fabricación, Comercio, Posesión y Uso por los particulares de armas que no son de guerra), el Decreto Ley N° 25707 (que declara en emergencia la utilización de explosivos de uso civil y conexos) y la Ley N° 27718 (que regula la fabricación, importación, transporte, comercialización y uso de productos pirotécnicos).
Uno de los aspectos más importantes planteados en la propuesta normativa es la expedición de una única licencia para el uso y porte de armas de fuego de propiedad del usuario. Del mismo modo, se otorgará una tarjeta de propiedad por cada arma de fuego. Este sistema difiere de la normativa vigente, que establece que el usuario debe tramitar tantas licencias como armas tenga.
Otro aspecto que resalta de la propuesta, es la ampliación del número de armas permitidas para la caza, que pasará de 2 armas hasta 10 armas por modalidad, en función al sustento del solicitante.
El Anteproyecto exige el marcaje de toda arma de fuego y munición al momento de su fabricación, importación, exportación o decomiso, todo con el fin de generar un mayor control de las armas y municiones que circulan en el país y alinearse a las normas y convenios internacionales que el Perú ha suscrito en relación al control de armas por parte de los Estados.
En un afán de hacer que los propietarios sean más cuidadosos y responsables con el resguardo de sus armas y evitar que las armas legales pasen a la delincuencia, el Anteproyecto plantea que el usuario que reporte la pérdida o robo de armas de fuego en dos eventos distintos en un lapso de 2 años, será inhabilitado por 5 años para la obtención de una nueva licencia. Las estadísticas indican que anualmente hay un promedio de 1700 armas reportadas como robadas o perdidas.
Si bien se mantiene la prohibición de armas 9mm Luger o Parabellum, para defensa personal y seguridad privada, el Anteproyecto establece excepciones para integrantes activos de Fuerzas Armadas y PNP; diplomáticos, misiones especiales o su personal de resguardo acreditado.
Explosivos
En caso de explosivos, la propuesta plantea que estos materiales sean más accesibles a las empresas que se encuentran en zonas alejadas y usuarios en general, las que hoy solo pueden adquirir explosivos directamente de las fábricas. Por ello el Anteproyecto plantea eliminar la prohibición de intermediarios, permitiendo que personas naturales y jurídicas puedan vender explosivos y materiales relacionados. Esto no significa que se relajará el control ya que esta propuesta de norma también plantea que los comercializadores o distribuidores de productos explosivos deben informar cada 90 días a la SUCAMEC el detalle de las entidades a quienes compraron el producto y a quienes lo vendieron.
Asimismo, el Anteproyecto flexibiliza la capacidad de adquisición y uso de explosivos, en vista de que actualmente los usuarios se clasifican en permanentes y eventuales, a quienes se les da poder de adquisición y uso de explosivos por 6 meses y 45 días, respectivamente. La propuesta plantea eliminar esa categorización y otorgar una única autorización de adquisición y uso de explosivos, que los usuarios podrán emplear según sus necesidades.
Servicios de Seguridad Privada
Entre los aspectos más importantes del Anteproyecto de Ley de Servicios de Seguridad Privada, que reformula y actualiza los alcances de la Ley N° 28879 (Ley de Servicios de Seguridad Privada), resalta el rol más activo que tendrá la SUCAMEC en relación a la capacitación de vigilantes. Si bien la instrucción de los vigilantes está a cargo de empresas especializadas de seguridad, la propuesta establece que SUCAMEC apruebe la estructura curricular de los cursos de capacitación.
En el Anteproyecto se propone que el personal de seguridad privada, además de su rol particular, estará obligado a prestar apoyo, colaboración y auxilio a la Policía Nacional del Perú cuando se les solicite. La norma les garantiza la confidencialidad y reserva cuando sea necesario. Del mismo modo, establece que los agentes deberán colaborar con los municipios a favor de la seguridad ciudadana, con mecanismos de alerta temprana para la prevención, control y persecución del delito.
La publicación de estas propuestas de norma para consulta responde a la intención de la SUCAMEC de trabajar una norma consensuada y con el aporte y participación de todos los actores involucrados en las actividades relacionadas con los servicios de seguridad privada, armas, municiones, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil.
La publicación de estas propuestas de norma para consulta responde a la intención de la SUCAMEC de trabajar una norma consensuada y con el aporte y participación de todos los actores involucrados en las actividades relacionadas con los servicios de seguridad privada, armas, municiones, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil.
Los interesados pueden acceder a los textos completos de los dos Anteproyectos de Ley a través de la página web de la SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe) y enviar sus
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MATONES PERUANOS RECLAMAN POR CONTROL DE ARMAS CORTAS
Polémica por nuevas restricciones a civiles en uso de armas de fuego
MATONES QUIEREN IMPUNIDAD.......
Representante de la Asociación de Propietarios de Armas de Fuego criticaron las nuevas modificaciones realizadas a la Ley N°25054, que norma la fabricación, comercio, posesión y uso por particulares de las armas y municiones que no son de guerra.
Su presidente, Rodrigo López Landauro, afirmó que el Decreto Supremo 006-2013-IN, publicado el sábado último en el Boletín de Normas Legales, restringe la cantidad de armas que puede tener un civil, teniendo que ser dos de cada tipo, sea para defensa personal o fines deportivos como la caza.
Además, señaló que dicho decreto es de carácter "confiscatorio" porque de no ser así están obligados a vender "propiedad privada".
"El Gobierno quiere obligar a vender (nuestras armas) en 180 días y, entre tanto, tienen que ser depositadas en custodia en la Sucamec (Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad Privada, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil)", expresó en RPP Noticias.
"Justos pagan por pecadores", cuestionó al señalar que se impongan tantas restricciones a quienes sí tienen licencia para portar armas, mientras que los delincuentes siguen comprando en el mercado negro.
"Ninguna de las normas aplica a la delincuencia, no compran armas legales, no cuentan con tarjeta de municiones, todo lo compran en el mercado negro", sentenció.
López Landauro advirtió que un problema también es la fuga de armas y municiones de las Fuerzas Armadas y Policiales que llegan a manos del hampa.
Por su parte, el empresario Luis Miguel Llanos, director de la Asociación de Propietarios de Armas de Fuego, dijo estar de acuerdo en que se impongan nuevas condiciones como pasar por exámenes psicológicos, "pero que no nos pongan en desventaja con los delincuentes".
Cuestionó, en ese sentido, que se restrinja a los civiles el uso de armas con calibre 9 milímetros como máximo.
"Con calibres pequeños hay que disparar varias veces. Estamos empujados a matar lentamente, con un calibre más grande disparas una vez y paralizas a la persona", explicó Llanos, acusado de homicidio simple por matar con su arma de fuego a dos hampones en defensa propia.
"El poder que nosotros tenemos para defendernos es ilógico frente a un delincuente que va a venir con un arma grande", enfatizó.
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Polémica: flexibilizan uso de armas para policías y militares
Pedro Spadaro defiende la modificación del Código Penal, Carlos Rivera dice que fue un cambio innecesario
RODRIGO CRUZ ARANA (@rcruza)
La promulgación de la Ley N° 30151 ha despertado la polémica sobre el uso de las armas de fuego dentro de la Policía Nacional. Hay quienes sostienen, como Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), que esta normativa resulta innecesaria y que podría terminar promoviendo la impunidad en las fuerzas del orden. Otros, como el congresista fujimorista Pedro Spadaro, señalan que esta ley, más bien, es un mecanismo de defensa que será utilizado para proteger a los agentes policiales de engorrosos procesos penales que son derivados debido al cumplimiento de su deber.
Textualmente la nueva norma indica que están "exento de responsabilidad penal el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que, en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas u otro medio de defensa, cause lesiones o muerte".
El documento lleva la firma del presidente Ollanta Humala y fue publicado ayer en el boletín de normas legales de El Peruano. Desde entonces, las posiciones a favor y en contra de esta normativa no han cesado. ¿Es un acierto esta ley?
A FAVOR
- Pedro Spadaro / Congresista fujimorista
- "Permite al policía defender a la sociedad sin miedo"
El congresista Pedro Spadaro, uno de los autores de la iniciativa legal, asegura que esta modificación del Código Penal es fundamental para proteger a la policía de los molestos procesos judiciales en los que se veían involucrados a la hora de ejercer sus funciones.
"El proyecto lo presentamos en el mes de septiembre del 2011 y desde esa época, hasta el día de su aprobación, hemos recogido una serie de iniciativas de organismos como las Naciones Unidas y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos", recordó el congresista.
"Había que establecer por qué la Policía Nacional, en el cumplimiento de su deber, tenía que ir a un proceso penal, lamentablemente por defender a la sociedad", indicó Spadaro. "Por ejemplo, cuando el policía se enfrentaba, a balazos, contra un delincuente o sicario, tenía que pasar después por dos o cuatro años de juicio, frustrando su ascenso", agregó.
El congresista asegura que con esta modificación los efectivos policiales no estarán exentos de una investigación "si esta se encuadra dentro de la legítima defensa".
"Este es un argumento legal que le permitirá al policía defender la sociedad sin miedo a usar su arma de reglamento", subrayó.
EN CONTRA
- Carlos Rivera / Abogado del IDL
- "Pareciera que se está favoreciendo cierta impunidad"
El congresista Pedro Spadaro, uno de los autores de la iniciativa legal, asegura que esta modificación del Código Penal es fundamental para proteger a la policía de los molestos procesos judiciales en los que se veían involucrados a la hora de ejercer sus funciones.
"El proyecto lo presentamos en el mes de septiembre del 2011 y desde esa época, hasta el día de su aprobación, hemos recogido una serie de iniciativas de organismos como las Naciones Unidas y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos", recordó el congresista.
"Había que establecer por qué la Policía Nacional, en el cumplimiento de su deber, tenía que ir a un proceso penal, lamentablemente por defender a la sociedad", indicó Spadaro. "Por ejemplo, cuando el policía se enfrentaba, a balazos, contra un delincuente o sicario, tenía que pasar después por dos o cuatro años de juicio, frustrando su ascenso", agregó.
El congresista asegura que con esta modificación los efectivos policiales no estarán exentos de una investigación "si esta se encuadra dentro de la legítima defensa".
"Este es un argumento legal que le permitirá al policía defender la sociedad sin miedo a usar su arma de reglamento", subrayó
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